jueves, 8 de noviembre de 2012

CASOS CON REPERCUSIÓN: "Roxana Nuñez, 6 caso de homicidio sin cuerpo"


Caso Roxana Nuñez. 
   Termina el juicio por el asesinato de una mujer de la que no apareció el cuerpo. Es el sexto de este tipo en la Argentina.
   Jueves 12 de Julio del 2012 | 13:03. Por  Badiha Sebih (@badiha_s).

    El viaje había sido planeado y ansiado. Roxana Núñez llegó a la Argentina para visitar a su familia en Tristán Suárez, una localidad al sur del partido de Ezeiza, en la provincia de Buenos Aires. La artesana de 28 años había abandonado Málaga, la ciudad española donde vivía con su hermana, para quedarse con sus padres un tiempo.

    A los pocos días de su arribo, exactamente el 1 de marzo de 2009, fue vista por última vez en la puerta de la casa de su familia, donde festejaban un cumpleaños. Setenta y dos horas después, la mamá de Roxana denunció a la Policía la desaparición de su hija y así arrancó la "averiguación de paradero".

    Luego de tres años y cinco meses sin rastros de la joven, el mes pasado comenzó el juicio por su asesinato. Dos hombres y una mujer, Juan Carlos Zárate, Néstor Javier Leguiza y Alejandra Danza, aguardan en el banquillo de los acusados el veredicto por homicidio que dictará mañana el Tribunal Oral en lo Criminal N°1 de Lomas de Zamora.

    Mientras la familia Núñez espera que alguno de los sospechosos se quiebre y diga qué hicieron con el cuerpo de Roxana, surgen inminentes preguntas técnicas relacionadas a la causa: ¿no encontraron el cadáver, pero están acusados de asesinato? ¿Puede haber delito sin el cuerpo de la víctima? Todas las incógnitas desembocan en un rotundo "sí".

   Este juicio es el sexto que se realiza por homicidio en el país pese a que jamás se encontró el cuerpo de las víctimas.

   La docente tucumana, Beatriz Argañaráz; el estudiante de Buenos Aires, Miguel Bru; la turista suiza, Annagret Wurgler; el ama de casa de la Capital Federal, Marcela Monzón y la embarazada Stella Pugliese son las otras personas todavía desaparecidas por las que ya se dictaron condenas por sus asesinatos.

    ¿Cómo se llega a la caratula de homicidio y se descarta la de “desaparición” o “secuestro”? ¿Puede la Justicia enjuiciar sin el hallazgo de los restos?

    "No hay dudas que se puede llevar adelante un juicio sin el denominado `cuerpo del delito`", le señaló Ángel Gabriel Nardiello a TN.com.ar, juez de Cámara en el Tribunal Oral en lo Criminal Nº 22. Mientras las pruebas "documentales, periciales y testimoniales, entre otras" sean "claras y demuestren el hecho" se puede llegar a una condena punitoria por homicidio, explicó el magistrado.

     En esta instancia judicial, todos los elementos probatorios que forman parte del proceso penal deben ser "idóneos, certeros y racionales”. Por esto, detalló Nardiello, los indicios que también pueden integrar una investigación "no son prueba suficiente".

    Sin embargo, el juez aclaró que la utilización del indicio es viable cuando el mismo esté "asociado a un razonamiento deductivo e inductivo" y cuando "el resto de las pruebas arrimadas" demuestran el hecho del que se acusa a los imputados.

    "Se debe estar convencido de que la persona está muerta" para emitir una "condenatoria de homicidio" sin el cuerpo de la víctima, señaló Nardiello.

   El abogado penalista que representa a la familia de Roxana, Marcelo Ángel Biondi, le aseguró a TN.com.ar que en este tipo de casos "cuando no tenés el cuerpo", la estrategia para llevar a cabo estos juicios "es remontarse a otros medios probatorios que acrediten el hecho".

    Durante la investigación por la causa de Núñez se realizaron excavaciones en la casa de los padres y en terrenos cercanos, y se allanaron distintos domicilios. Todas las medidas arrojaron resultados negativos.

  Finalmente, por la declaración de testigos presenciales y la incorporación de nuevos elementos de prueba, se cambió la carátula de "averiguación de paradero" por la de "homicidio", y el 3 de agosto de 2010 se detuvo a los sospechosos.

  Biondi explicó que lograron probar que la víctima "recibió lesiones que le provocaron la muerte” y planteó que no cree “que se vaya a hallar el cuerpo” ya que manejan datos contundentes para considerar que "fue quemado".

   "Hay que recurrir a otros medios de pruebas admitidos por la Justicia que nos lleven a un sólo camino", remarcó el letrado.

RECONOCIMIENTO DE LA CULPA: Pero, ¿qué pasa si uno de los sospechosos se reconoce como el autor material de un crimen pese a la ausencia del cadáver?  "La confesión no se autoabastece", sostuvo Nardiello.

  Para el Código Procesal Penal Argentino, el reconocimiento de la culpa como prueba única de un delito no es suficiente: es requisito esencial la presencia de otros elementos que permitan determinar el valor de la misma. "La confesión se debe conjugar con el resto de las pruebas", sintetizó el magistrado.

   Al igual que el juez, Biondi marcó la trascendencia que requiere "tener la certeza de que una persona está muerta para hacer una acusación sólida". De esta manera, se descarta el error judicial y la posibilidad de que, luego de una condena por homicidio, aparezca con vida la persona señalada previamente como fallecida.


 DURAS PENAS A TRES PERSONAS PESE A QUE NUNCA APARECIO EL CADAVER
La desaparición fue homicidio.
Roxana Núñez, de 28 años, desapareció en 2009. Un tribunal condenó a su ex pareja y a otras dos personas al considerar probado que la mataron y se deshicieron del cuerpo. Es la sexta condena por homicidio pese a la ausencia del cadáver.
Un tribunal de Lomas de Zamora condenó ayer a penas de entre 18 y 20 años de cárcel a los tres acusados del homicidio y desaparición en 2009 de Roxana Núñez. Según se conoció durante el juicio oral y público, los condenados creyeron que la víctima, una artesana de 28 años, residente en España, que estaba de visita en el partido de Ezeiza hacía tres meses, trataba de infiltrarse entre ellos para obtener información sobre su vinculación con la venta de drogas. El fallo judicial es el sexto en el país que llega a una condena pese a la ausencia del cuerpo de la víctima.
La última audiencia encontró en la misma sala a los familiares de Núñez con el círculo de allegados de los acusados. Insultos, amenazas, bronca contenida durante los más de tres años que la mujer lleva desaparecida y un juicio que, aunque deja una condena “justa” –según la querella–, concluyó sin más noticias sobre el paradero de la víctima. “Fue una sentencia ejemplar, porque a pesar de que no encontramos el cuerpo de Roxana, los jueces tuvieron las pruebas necesarias para condenarlos”, opinó en diálogo con Página/12 Adriana Núñez, la hermana de la joven asesinada.
En línea con la pena exigida por el fiscal José Luis Michelini, el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 1 condenó como coautores del delito de “homicidio simple” a Juan Carlos Zárate (34) a la pena de 20 años de prisión, mientras que, bajo el mismo cargo, dispuso 18 años de reclusión para Néstor Javier Leguiza (29) y para su pareja, Alejandra Danza (29). La familia, confiesa Adriana, tenía “la pequeña esperanza” de que alguno de los acusados confesara qué hicieron con el cadáver, “pero ellos creían que sin el cuerpo no iban a terminar presos y se dedicaron a acusarse” entre sí por el homicidio. Las pruebas, no obstante, fueron contundentes.
Un testigo contó a los jueces Rodolfo Lanza, Guillermo Alejandro Rolón y Fernando Bueno que vio a Zárate prender un fuego en el patio de su casa y luego sintió mucho olor “como a perro muerto”. Otros testimonios señalaban que, luego de cremados, los restos de la mujer fueron arrojados a la basura. Leguiza incluso reconoció en una de las audiencias que habían quemado el cuerpo y que lo había esparcido por toda la localidad de Tristán Suárez.
Sin embargo, la instancia decisiva fue la confesión del móvil por parte de Zárate, que presuntamente era pareja de la víctima. “Dijo que Leguiza, que se dedicaba al tráfico de drogas, había confundido a Roxana con una policía infiltrada”, detalló la hermana de la joven. Roxana fue vista por última vez la madrugada del 1º de marzo de 2009, en la casa de sus padres, en Tristán Suárez, donde se realizaba una fiesta de cumpleaños. En el marco de la investigación por “averiguación de paradero” se realizaron excavaciones en la casa de sus padres, se allanaron distintos domicilios, y se especuló que podría haber sido víctima de una red de trata de personas.
“A este juicio llegamos con el elemento atípico de la desaparición del cuerpo”, indica el abogado de los Núñez, Marcelo Ángel Biondi. “En la mayoría de los casos, la causa comienza con el hallazgo del cadáver de la víctima, básicamente porque no es tan fácil esconder un cuerpo. Hoy, a diferencia de hace unas décadas, se puede demostrar la culpabilidad mediante pruebas directas que acrediten el asesinato, y la autoría de los responsables. Eso es posible gracias a que la doctrina del derecho penal ha cambiado y a que los juicios a los genocidas de dictadura militar están dejando su impronta.”
Sólo se conocen cinco antecedentes al fallo Núñez de condenas por homicidio con el cadáver desaparecido. El primero fue el del estudiante de periodismo Miguel Bru, visto por última vez en 1993 en La Plata, hecho por el que los policías Justo López y Walter Abrigo fueron condenados en 1999 a prisión perpetua. “Lamentablemente –aporta el letrado– todavía hay casos como el de Luciano Arruga (de Lomas del Mirador, desaparecido desde enero de 2009), en que la falta del cuerpo permite que se demoren investigaciones. Hoy, los ocho policías sospechados siguen en sus funciones.”
En los mismos tribunales donde tuvo lugar el juicio por el crimen de Núñez, cayó el caso de Erica Soriano, la joven embarazada que desapareció en 2009 de Lanús, por la que está preso desde julio quien fuera su pareja, Daniel Lagostena. “Hay algunas similitudes entre los dos casos: los sospechados son las parejas, se creyó que podían ser víctimas de trata y el cuerpo permanece desaparecido. Puede que el fallo por Roxana marque un precedente, pero todo depende de los resultados de la investigación”, remarcó Biondi.
Informe: Rocío Magnani.

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