domingo, 2 de septiembre de 2012

INCONSTITUCIONALIDAD DEL ART. 189 BIS, INC. 2, PARR. 8 DEL CP.


La Sala de Feria B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal en los autos “E., A. A.” (causa nº 21), rta. 24/07/2009 , declaró la inconstitucionalidad del art. 189 bis, inc. 2º, párr. 8º el CP –según ley 25.886-, denomina l“Ley Blumberg”- que agrava la figura de portación ilegal de arma de fuego para quien registrare antecedentes penales por delito doloso contra las personas o con el uso de armas o se encontrare gozando de una excarcelación o exención de prisión anterior, pues ello, entre otros aspectos, resulta violatorio de los principios de culpabilidad, legalidad, non bis in idem, y del principio de derecho penal de autor y no de acto.-
Se pronunciaron en igual sentido:
1) la Sala V, “Ramírez, Luciano”, causa 29.061, 16/03/06 pero con otra composición(Pociello Argerich, Filozof y Garrigós de Révori);
2) la Sala VI “Gil, Omar Alberto”, causa 31.991 del 25/04/07 con otra composición (Bruzzone, Lucini y Bunge Campos); y
3) la Sala VII, “Villa, Diego”, causa 36.126, 18/02/09 voto de los Dres. Cicciaro y Bonorino Peró.
                            

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